Una sentencia obliga a una aseguradora a pagar la reparación de un vehículo, no su valor en el mercado
Una compaíña aseguradora deberá afrontar la reparación de un coche que sufrió diversos desperfectos en un accidente, y no solo el importe de su valor venal según su fecha de matriculación. Así lo ha dictaminado la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia a la que ha tenido acceso la agencia Efe, y la cual revoca en parte la que dictó un Juzgado de Primera Instancia de Caravaca de la Cruz (Murcia), que condenó a la compaíña al pago de 9.000 euros por las lesiones sufridas por el accidentado y 12.810 euros por los daños del vehículo, en base al seguro a todo riesgo que se había concertado.
Frente a esa decisión del Juzgado, la sala señala que el importe a pagar por la reparación del vehículo asciende a 17.560 euros, que es el importe al que se eleva la factura expedida por el taller. El tribunal señala también que no se acoge el valor venal del vehículo, ya que, como se recogió en la primera sentencia, se trata de una cláusula limitativa.