Seguro de Defensa Jurídica para los trabajadores del Servicio Público de Empleo Estatal
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha puesto en marcha una póliza de seguros colectiva para los trabajadores del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) destinados en las oficinas de prestaciones, que garantiza su defensa jurídica en situaciones de agresión verbal o física en su actividad diaria. La existencia de este seguro fue dada a conocer ayer, ‘Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo’, por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F).
El sindicato recuerda que esta iniciativa surge tras sus reivindicaciones “para hacer frente a las situaciones conflictivas que afrontan a diario las personas que trabajan de cara al público y que por tanto atienden a personas en muchos casos, en situación desesperada, por encontrarse en paro y en ocasiones, carecer de derecho a prestaciones o subsidios”. Además, CSI-F dice haber obtenido “el compromiso de la Administración para poner en marcha un protocolo de actuación para hacer frente a estos casos en el conjunto de las Administraciones Públicas, dado que desde el comienzo de la crisis este tipo de situaciones conflictivas han ido en aumento”.
El seguro, ofrecido por ARAG y en vigor desde el pasado 1 de abril, garantiza la defensa jurídica a los empleados públicos del SEPE, tanto funcionarios como laborales, que desempeñen su actividad en las oficinas de prestaciones con motivo de cualquier agresión física y/o verbal que sufran en el ámbito de su ejercicio profesional”. La póliza colectiva incluye asesoramiento jurídico y, en su caso, asistencia letrada en litigio, así como la reclamación al tercero responsable de las indemnizaciones correspondientes al asegurado por los daños y perjuicios patrimoniales de ellos derivados que se le causen por imprudencia o dolosamente, en el desempeño de sus funciones, como consecuencia de una agresión física y/o verbal.
Se garantizará, por tanto, los gastos judiciales derivados de la redacción y presentación de la denuncia penal, así como del ejercicio de la acción penal en el procedimiento penal; y la reclamación de daños y perjuicios. A efectos de cobertura, se considerarán garantizados, los daños personales a su persona; los daños inmateriales derivados de la agresión verbal (insulto, amenaza, intimidación o coacción); daños materiales al vehículo de su propiedad; y perjuicios patrimoniales que deriven de los daños corporales, materiales o inmateriales antes indicados.