Aprobado el marco legal para el capital-riesgo y los fondos de inversión
A falta del último paso por el Congreso se transpone la Directiva AIFMD
El Consejo de Ministros del pasado viernes ha dado luz verde al nuevo marco legal que regula las entidades de capital-riesgo y los fondos de inversión, así como sus condiciones de autorización, comercialización, conducta, organización de las gestoras, gestión de riesgos y gestión transfronteriza con pasaporte europeo. De esta manera, a falta de aprobación por el Congreso, se transpone la Directiva de Gestión de Fondos Alternativos (AIFMD, Alternative Investment Managers Directive, en inglés) que surge de la necesidad de crear un marco homogéneo para Europa tanto para los fondos de inversión como de otras formas de ahorro a largo plazo.
Así, estos fondos corresponden a entidades de capital-riesgo, las de Inversión Colectiva de tipo cerrado y las instituciones de inversión colectiva no armonizadas, como las IIC de inversión libre (‘hedge funds’) o las IIC de carácter inmobiliario. Con el texto se quiere, como se indica desde el Gobierno, “favorecer las fuentes de financiación directa para las empresas, en la actualidad demasiado pendientes del crédito bancario”.
Eliminación de cargas administrativas y más agilidad
Más concretamente sobre el capital-riesgo, se ha creado la figura de Entidad de Capital-Riesgo PYME (ECR-PYME), que “permitirá la creación de fondos de deuda dirigidos a la financiación de pymes”. Así se beneficiará de un régimen más flexible e invertirá por lo menos un 70% de su patrimonio en este tipo de empresas. La norma flexibiliza también el régimen financiero de estas entidades con ajustes para favorecer su operatividad, los préstamos participativos y la posibilidad de que estos fondos puedan distribuir resultados de manera periódica.
En cuanto a los fondos de inversión, entre las novedades están en una mayor agilidad y reducción de cargas administrativas en el régimen de entidades de capital-riesgo. Quedarían asimismo sometidas a un régimen más sencillo de registro ante la CNMV. Por otra parte, en cuanto a las sociedades gestoras, se eliminan ciertas cargas para el caso de las que no comercialicen a minoristas y no superen un cierto umbral de volumen de activos gestionados (100 millones de euros o 500 en función de si los fondos son apalancados o no).
También hay un apartado para las remuneraciones. El texto indica que esta política tiene que ser compatible con la estrategia empresarial y debe ser aprobada por el órgano de dirección. Junto a esto se establecen pautas para la remuneración variable.
Cambios en Pensiones
Por último, se ha modificado la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones para cumplir con la transposición de la Directiva. Concretamente, se permite que los gestores de fondos de inversión alternativa gestionen las inversiones de los fondos de pensiones, “sin perjuicio de que en el actual proyecto de modificación del Reglamento de planes y fondos de pensiones se incluya la referencia expresa a los gestores de fondos de inversión alternativa”, concluye la nota del Ejecutivo.