Más novedades: cambios en IRPF, tributación de indemnizaciones por despido y menos impuestos para empresas
Además de las novedades que afectan al Seguro, Ahorro y Previsión Social, la reforma contempla otras serie de importantes cambios:
– Rebaja de la carga fiscal. El Gobierno explica que, en el caso del IRPF, se introduce «una importante rebaja de la carga fiscal». El número de tramos se reduce de siete a cinco. El tipo mínimo pasa del 24,75% al 20%, en 2015, y al 19%, en 2016. Por su parte, el tipo máximo pasa del 52% al 47%, en 2015, y al 45%, en 2016.
«Como consecuencia de la bajada de las retenciones, veinte millones de contribuyentes contarán cada mes con más renta disponible desde enero de 2015. La rebaja media será del 12,5%», estima el Gobierno. A modo de ejemplo, detalla que «los asalariados que ganen menos de 12.000 euros al año (mileuristas) dispondrán de su sueldo íntegro a partir del año que viene, ya que dejarán de tributar» y que «el 72% de los declarantes, que cuentan con rentas inferiores a 24.000 euros al año, contarán con una rebaja media en el IRPF será del 23,47%».
– «Impuestos negativos». La reforma introduce un fuerte aumento de los mínimos familiares en el IRPF, de hasta el 32%, y tres nuevos «impuestos negativos» o categorías de beneficios sociales para familias y personas con discapacidad (familias con hijos dependientes con discapacidad, familias con ascendientes dependientes y familias numerosas -tres o más hijos o con dos hijos y uno discapacitado-).
En cada uno de los casos recibirán 1.200 euros anuales, que se podrán recibir de forma anticipada a razón de 100 euros mensuales. Estos «impuestos negativos» son acumulables entre sí y al actual de igual cuantía (cien euros mensuales) que perciben las madres trabajadoras con hijos menores de tres años.
– Autónomos. El Ejecutivo destaca que «la bajada generalizada de las retenciones», en el caso de los autónomos «será de mayor calado». «El tipo de retención del autónomo profesional con rentas inferiores a 15.000 euros anuales se reduce del 21% al 15%. Este paso se ha hecho de forma urgente, vía Real Decreto Ley, y está operativo desde el pasado mes de julio. Además, la retención para autónomos se reducirá del 21% al 20% en 2015, y al 19% en 2016. De igual forma, se mantiene el tipo de gravamen reducido del 15% para empresas de nueva creación, incluido en la Ley de Emprendedores. Además, el nuevo IRPF introduce una simplificación del régimen de estimación objetiva (también conocido como «módulos»). De esta forma, se rebaja el umbral de exclusión, de 450.000 a 150.000 euros de ingresos, y de 300.000 a 150.000 euros de gastos. Se excluyen las actividades que facturen menos de un 50% a personas físicas. Quedan excluidas las actividades a las que se aplica el tipo de retención del 1% como las de fabricación y construcción. Permanecerán en módulos actividades como la restauración, servicio de taxi, agricultura y ganadería.
– Cambio en la tributación de las indemnizaciones por despido, establecidas por el Estatuto de los Trabajadores, que produce efectos desde 1 de agosto de 2014. Tras el diálogo y el acuerdo mantenido con empresarios y sindicatos, se aumenta el mínimo exento hasta los 180.000 euros, de forma similar a la legislación foral navarra y vasca (Guipúzcoa). De esta forma, mantendrán la exención plena en el IRPF las indemnizaciones por despido inferiores a esa cifra, que alcanzan al 99,9% de los contribuyentes. En el borrador de la reforma fiscal, la indemnización exenta inicialmente planteada era de 2.000 euros por año trabajado.
Las indemnizaciones superiores a 180.000 euros tampoco tributarán en su totalidad, pues solo tributa el exceso. Por otra parte, al tratarse de rentas obtenidas de forma irregular en el tiempo (más de dos años), el importe de indemnización sujeta se reduce en un 30%. Además, el Proyecto de Ley contempla la posibilidad de aplicar este coeficiente de reducción a las indemnizaciones que se obtengan de manera fraccionada en varios años. El Anteproyecto de Ley no contemplaba esta posibilidad.
– Ampliación de reducción por alquiler de vivienda. Ampliación al 60% de la reducción a la que tendrá derecho un arrendador por los rendimientos de capital inmobiliario derivados del alquiler de una vivienda.
– Extensión de la deducción por innovación a animación y videojuegos
– Deducción por inversión en espectáculos teatrales y musicales. El Proyecto de Ley introduce una nueva deducción del 20% para apoyar la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.
– Atracción del talento. Se modifica el régimen fiscal de impatriados. Su objetivo es atraer a España a personas con talento, personal altamente cualificado, por ejemplo, del ámbito científico o económico, para trabajar en empresas establecidas en nuestro país. Para evitar efectos que no se buscan con este régimen, se excluye expresamente a los deportistas profesionales. Se fija un tipo específico -del 24%- para los primeros 600.000 euros de retribución, mientras que el resto tributará al tipo marginal máximo como cualquier otro contribuyente.
– Bajada de impuestos para empresas. El Impuesto sobre Sociedades incorpora «una bajada de tributación y medidas para fomentar la competitividad de las empresas y simplificación de deducciones». Con el fin de consolidar la aproximación de la fiscalidad de las empresas a los países del entorno, el tipo de gravamen general se reducirá desde el 30% al 28%, en 2015, y al 25%, en 2016.
– Aprovechamiento de reserva de capitalización empresarial. En el Impuesto sobre Sociedades, el límite a la compensación de bases imponibles negativas se calculará sobre la base imponible, de forma previa a la aplicación de la nueva reserva de capitalización. Ello permitirá ampliar el aprovechamiento de este incentivo fiscal al ahorro en fondos propios de las empresas para financiar futuras inversiones y crecer. La nueva reserva de capitalización permite reducir la base imponible en un 10% por incremento de fondos propios.
Se crea una reserva de capitalización (minoración del 10% de la base imponible por incremento de fondos propios) que sustituye a la actual deducción por reinversión de beneficios.
Las Pymes, además, tendrán acceso a una nueva reserva de nivelación. Se mantiene el régimen especial de entidades de reducida dimensión que ofrece otros beneficios a las pymes como la libertad de amortización.
– Reordenación de deducciones y mejora de incentivos. «El nuevo Impuesto sobre Sociedades ofrece una reordenación de deducciones, manteniendo las de creación de empleo y potenciando la de I+D+i».
Con el objetivo de favorecer el desapalancamiento financiero, se fija un límite general del 60% a la compensación de bases imponibles negativas, que empezará a operar en 2016. Se trata de una medida equiparable a la fiscalidad del entorno con el fin de sanear los balances de las empresas españoles.
– Mecenazgo. La reforma fiscal incluye un impulso a las actividades de mecenazgo. La deducción por donativos en el IRPF se eleva del 25% al 30%. Para incentivar la estabilidad en la aportación de estos recursos el porcentaje se eleva en otros cinco puntos si se mantiene durante tres años.
Para ampliar la participación social en estas actividades, se fija, en dos fases, una deducción del 75% para donativos inferiores a 150 euros. El donativo que exceda de esta cantidad se beneficiará de los otros tipos incrementados.