Los supervisores europeos abordan las prácticas de venta cruzada en el sector financiero
El Comité Conjunto de las tres Autoridades Europeas de Supervisión –EBA (banca), EIOPA (seguros) y ESMA (bolsa)- publicó ayer un documento de consulta sobre el proyecto de directrices para la regulación de las prácticas de venta cruzada en el sector financiero en la UE. Estas directrices establecen un enfoque “coherente y eficaz en la supervisión de las entidades que ofrecen opciones de venta cruzada, con el fin de mejorar la protección de los clientes ”, explican en su comunicado conjunto.
La consulta estará abierta hasta el 22 de marzo de 2015. El documento de consulta está disponible en las páginas web de las tres autoridades. La Comisión Mixta espera publicar las directrices definitivas en el segundo trimestre del próximo año.
Tal y como concretan las autoridades supervisoras, este proyecto de directrices está dirigido a las autoridades competentes de la UE y busca desarrollar aún más que las entidades que realicen prácticas de venta cruzada en el sector financiero cumplan con los estándares generales de conductas de negocio hacia los clientes. “En particular, las directrices proporcionan un enfoque de la supervisión de las empresas, válidas en toda la UE, para dar más margen a los clientes a tomar decisiones de compra más informadas”, detallan.
Reconocen que la venta cruzada de productos financieros puede beneficiar a los clientes al reducir el coste de la compra, pero al mismo tiempo puede dar lugar también a que los clientes compren productos que no necesariamente quieren o que no sean adecuados para sus necesidades. Para hacer frente a estos riesgos, el Comité Mixto trabaja en el desarrollo de unos requisitos de mayor información y transparencia en torno a los precios, costes y otros aspectos distintos de los precios (por ejemplo, cómo los riesgos cambian como resultado de la compra de productos en forma de paquete).
Las directrices también requerirán que toda la información pertinente se comunique de manera oportuna y exhaustiva, por mejorará la comprensión de los clientes de la compra y la idoneidad del paquete de venta cruzada.
Directrices definitivas sobre la convergencia en las prácticas de supervisión de los conglomerados financierosPor otro lado, el Comité Mixto de las tres Autoridades Europeas de Supervisión ha lanzado unas directrices comunes sobre la convergencia de las prácticas destinadas a garantizar la coherencia de los acuerdos de coordinación de la supervisión de los conglomerados financieros. Estas nuevas directrices comunes se aplicará a partir del 23 de febrero de 2015. Las primeras directrices elaboradas conjuntamente por las autoridades en relación con la Directiva sobre Conglomerados Financieros tienen por objeto “aclarar y mejorar la cooperación entre las autoridades nacionales competentes en los grupos transfronterizos que han sido identificados como conglomerados financieros”. Estas directrices comunes se centran en cómo las autoridades deben cooperar a fin de alcanzar un nivel adicional de supervisión de los conglomerados financieros. Esto servirá al propósito de abordar lagunas en la legislación actual, según lo prescrito en la citada directiva. “También fomentará condiciones de mercado igualitarias y reducirá las cargas administrativas para las entidades y las autoridades de supervisión”, se añade. Las áreas cubiertas por las directrices comunes incluyen, en particular, el mapeo de la estructura de conglomerado financiero y acuerdos por escrito; la coordinación del intercambio de información, planificación y coordinación de las actividades de supervisión en situaciones tanto normales como urgentes de supervisión; la evaluación de supervisión de los conglomerados financieros; y otros procesos de toma de decisiones entre las autoridades competentes. |