Según el informe de CIAF
El exceso de velocidad y la falta de atención del maquinista, causas del accidente del Alvia de Santiago
La Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF) ha determinado que la causa del descarrilamiento del tren de Santiago de Compostela, que tuvo lugar el pasado 24 de julio en las inmediaciones de Santiago de Compostela y que causó la muerte de 79 personas y dejó más de un centenar de heridos, se debió a un exceso de velocidad provocado por el maquinista y a su falta de atención cuando decidió responder a una llamada del interventor. Los expertos sostienen así la tesis de un doble error humano que ya ha motivado la imputación del maquinista.
Tal y como refleja el documento elaborado por el órgano dependiente del Ministerio de Fomento, el tren circulaba a 179 km/h en la curva de Angrois, que está limitada a 80 km/h, lo que revela que el maquinista no respetó lo prescrito en el libro horario del tren, ni en el cuadro de velocidades. Asimismo, como causa coadyuvante, se apunta a su falta de atención. El maquinista respondió a la llamada del interventor y no aplicó el freno de forma adecuada para reducir la velocidad antes de la entrada a la curva.
En el informe los técnicos de la CIAF entienden que la conversación telefónica, que se prolongó durante 100 segundos, fue excesiva y reiterativa. Durante el tiempo que estuvo al teléfono el tren recorrió 5.540 metros en los que el maquinista «no realizó parte de su actividad normal de conducción». De hecho, respondió 6.000 metros antes del inicio de la curva, lo que le impidió iniciar el frenado en el momento oportuno.
El sistema de desaceleración tardó tres segundos en la frenada efectiva
En cuanto al sistema de desaceleración, tardó tres segundos en iniciar la frenada efectiva, por lo que el tren circulaba a 195 km/h cuando comenzó la desaceleración. Descarriló cuatro segundos después en un punto ya fuera del tramo dotado del sistema ERTMS. Desde el fin del tramo ERTMS hasta el punto de descarrilamiento existen señales luminosas y carteles que indican el punto en el que debe efectuarse el cambio de modo Asfa, así como el cambio de velocidad máxima hasta 80 km/h. El informe remitido al juez del que se hacen eco hoy los medios de comunicación señala además que en el caso de que el tren hubiera circulado con ERTMS hasta el lugar en cuestión, este sistema no hubiera limitado la velocidad de acceso a la curva pues desde este punto se podía circular a 200 km/h con Asfa, siendo el maquinista el que debía reducir la velocidad. Si bien, el maquinista tendría que haber activado el pulsador de reconocimiento de salida del ERTMS. De no hacerlo, el sistema habría producido el frenado.
Por otro lado, según publica El Mundo, las víctimas del accidente rechazan las conclusiones emitidas por la CIAF al criticar que «no se puede ser juez y parte» y, por tanto, negarle a este órgano la independencia que le exige la normativa europea. Los portavoces de las dos asociaciones de perjudicados, Plataforma Víctimas Alvia 01455 y Apafas, Teresa Gómez-Limón y Cristóbal González, respectivamente, reclaman tener en cuenta frente a este informe los documentos preliminares emitidos por peritos a petición del juez que instruye la causa, Luis Aláez.